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Estas son las nuevas medidas de apoyo a los autónomos que entrarán en vigor el 10 de octubre.

Septiembre 2015

 

El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la nueva normativa relacionada con el autoempleo. En 30 días, entrarán en vigor las medidas que el Gobierno anunció en abril. La ley brinda la posibilidad de que los mayores de 30 años cobren el paro mientras son autónomos, amplía las ventajas de la famosa tarifa plana y permite al autónomo guardar su paro durante cinco años, frente a los dos actuales.

Empieza la cuenta atrás para que entre en vigor la nueva Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social, la normativa que regula el autoempleo. Ayer mismo el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó todas las modificaciones, que serán una realidad en el plazo de 30 días.

 

Entre las medidas más interesantes y útiles que encontramos en la nueva regulación destacan, por ejemplo, que los autónomos tienen cinco años de margen para rescatar su paro, que se amplían las bonificaciones de las cuotas mensuales a la Seguridad Social, que se puede usar la prestación por desempleo para pagar dichas cuotas o que se crean ayudas específicas para la conciliación de la vida familiar y laboral. Resumimos diez de las iniciativas más destacadas que contempla la normativa, con la que el Ejecutivo quiere crear más de medio millón de empleos:

 

1. SE REDUCE UN POCO MÁS LA TARIFA PLANA.

 

La normativa también incluye algunos cambios en la famosa Tarifa Plana, a la que se pueden acoger los nuevos autónomos o los que no lo hayan sido en un periodo de cinco años.

 

Una vez que entre en vigor, la cuota por contingencias comunes se durante los primeros seis meses se reducirá de 55,78 euros a 50 euros exactos cuando el autónomo quiera pagar el mínimo mensual (si desea pagar otra cantidad, la bonificación será del 80%). Una vez que pase ese plazo, la reducción pasará al 50% durante los siguientes seis meses y se reducirá hasta el 30% en los siguientes seis. Por tanto, las ayudas tienen una duración total de un año y medio.

 

En el caso de que el autónomo sea menor de 30 años o mujer menor de 35, las bonificaciones del 30% continuarán hasta los 30 meses. Por tanto, este colectivo recibe ayudas durante los primeros dos años y medio de actividad.

 

2. LOS QUE CONTRATEN TAMBIÉN OPTARÁN A LA TARIFA PLANA.

 

La ley también contempla la extensión de la tarifa plana anterior a aquellos trabajadores por cuenta propia que contraten a algún trabajador. “Lo previsto en el presente artículo resultará de aplicación aun cuando los beneficiarios de esta medida, una vez iniciada su actividad, empleen a trabajadores por cuenta ajena”, asegura el texto.

 

3. COTIZACIÓN REDUCIDA PARA LOS AUTÓNOMOS PROTEGIDOS.

 

Las víctimas del terrorismo o de violencia de género y las personas con discapacidad tengan una cotización reducida durante cinco años: los primeros doce meses, la cuota será de 50 euros (o la mencionada reducción del 80% si pagan una cuota superior a la mínima) y durante los 48 meses restantes, la cuota tendrá una bonificación del 50%.

 

4. COBRAR EL PARO MIENTRAS ESTÁ DADO DE ALTA.

 

Otra de las medidas que entrará en vigor es la que permite a los trabajadores por cuenta propia es cobrar la prestación por desempleo (siempre que les corresponda) mientras está dado de alta en el régimen de autónomos. Esta opción, que hasta ahora solo estaba permitida a los menores de 30 años, estará disponible para cualquiera. La ley establece que se pueden compatibilizar ambas cosas durante un máximo de 270 días (unos nueve meses). Durante ese tiempo no se exigirá al beneficiario que cumpla con las obligaciones como demandante de empleo (por ejemplo, ir a sellar la cartilla del paro o aceptar un puesto recomendado por los servicios de empleo).

 

5. EL PARO, GUARDADO DURANTE 60 MESES.

 

La normativa también permite que una persona que decida darse de alta como autónomo y guardar el paro por si vienen tiempos peores tenga cinco años para retomar la prestación. Hasta ahora, solo tenía 24 meses de margen. El tiempo empieza a correr desde el día en que el autónomo se dé de alta.

 

6. TODOS PUEDEN CAPITALIZAR EL 100% DEL PARO.

 

Tenga la edad que tenga el trabajador por cuenta propia, tiene la posibilidad de ‘rescatar’ todas las prestaciones por desempleo que haya ido generando en su vida laboral. Es decir, puede capitalizar el 100% del paro y puede hacerlo de tres maneras diferentes: recibir el dinero poco a poco para destinarlo a pagar las cuotas mensuales de la Seguridad Social, capitalizar una parte y usar el resto para desembolsar dichas cuotas o bien, capitalizarlo todo de golpe para crear una sociedad (por ejemplo, para invertir en el proyecto y cubrir los gastos asociados al inicio de su actividad).

 

7. LOS FAMILIARES CONTRATADOS RECIBEN AYUDAS.

 

La normativa también establece bonificaciones para el cónyuge y/o los familiares de hasta el segundo grado inclusive que se den de alta en el régimen especial y ayuden a un autónomo. Todos ellos tendrán una bonificación durante dos años desde la fecha de alta: en los primeros 18 meses disfrutarán de una bonificación del 50% sobre su cuota y los últimos seis meses, del 25%.

 

8. USAR EL PARO PARA ASESORARSE O FORMARSE.

 

Otra de las opciones que tienen los autónomos es usar parte de su prestación por desempleo cuando se incorporen como socios trabajadores o de trabajo en sociedades laborales o cooperativas. En este caso, por ejemplo, se permite destinar parte del paro para aportar capital, para comprar acciones o participaciones de la sociedad o para sufragar gastos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender con un límite del 15%.

 

9. AYUDAS POR BAJAS MATERNALES O LACTANCIAS.

 

La nueva normativa también incluye ayudas para aquellos autónomos sustituidos durante los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, a cuyas cotizaciones se les aplicará una bonificación del 100% de la cuota que pague. “La ayudará durará mientras coincidan en el tiempo la suspensión de actividad por dichas causas y el contrato de interinidad del sustituto”, asegura el texto publicado en el BOE.

 

10. BONIFICACIONES A LOS NUEVOS SOCIOS DE LA ECONOMÍA SOCIAL.

 

Otro de los apartados más interesantes de la normativa es el referido a las bonificaciones a las que pueden optar los nuevos socios de entidades prestadoras de servicios de interés económico, como pueden ser los centros especiales de empleo y las empresas de inserción. Para los menores de 30 años o aquellos que tengan una discapacidad de al menos un 30%, la ayuda será de 1.650 euros el primer año y 800 euros los dos siguientes, mientras que los mayores de 30 recibirán 800 euros cada año durante un máximo de tres.

 

 

 

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